¿Qué ITP se paga en Comunidad Valenciana?
- Acfinan
- 27 jun
- 4 Min. de lectura
Actualizado: hace 20 horas
Si estás planeando comprar una vivienda de segunda mano en Valencia, Alicante o Castellón, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el principal tributo que deberás afrontar. Su cuantía varía significativamente dependiendo del valor del inmueble y, sobre todo, de si cumples los requisitos para acogerte a los ventajosos tipos reducidos que ofrece la Generalitat Valenciana.

¿Qué es el ITP?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un impuesto que grava las transmisiones onerosas de patrimonio, es decir, aquellas en las que hay un intercambio económico.
La situación más común en la que se paga es en la compraventa de una vivienda de segunda mano. No debe confundirse con el IVA, que se aplica a la compra de viviendas nuevas directamente del promotor.
Tipo de Gravamen General del ITP
En la Comunidad Valenciana, el tipo impositivo general del ITP para la adquisición de bienes inmuebles es del 10%.
Este porcentaje se aplica sobre el valor de referencia del Catastro o sobre el precio de compraventa, el que sea mayor de los dos.
Existe un tipo incrementado del 11% para aquellas transmisiones de inmuebles cuyo valor supere el millón de euros.
El tipo de gravamen general para la transmisión de bienes inmuebles se establece en dos tramos en función del valor de la vivienda:

Tipo reducido y bonificaciones del ITP
La Generalitat Valenciana contempla una serie de tipos reducidos para facilitar el acceso a la vivienda a determinados colectivos. Es crucial cumplir todos los requisitos para poder beneficiarse de ellos.
1. ITP Reducido para Jóvenes Menores de 35 Años
Los compradores menores de 35 años pueden acceder a un tipo reducido en la compra de su primera vivienda habitual.
Requisitos
Ser menor de 35 años en el momento de la compra.
Que sea la primera vivienda habitual del comprador.
La base liquidable general y del ahorro en la última declaración de la RENTA no debe superar los 30.000 € (en tributación individual) o 47.000 € (en tributación conjunta).
Tipos aplicables
6% para viviendas con un valor de hasta 180.000 €.
8% para viviendas con un valor superior a 180.000 €.
2. ITP Reducido para Familias (Numerosas y Monoparentales)
Las familias numerosas y monoparentales que compren una vivienda habitual también disfrutan de una reducción importante.
Requisitos
Acreditar la condición de familia numerosa o monoparental.
Que la vivienda se destine a ser la residencia habitual de la familia.
La suma de las bases liquidables de los miembros de la unidad familiar no puede superar los 47.000 €.
Tipos aplicables
3% para viviendas con un valor de hasta 180.000 €.
4% para viviendas con un valor superior a 180.000 €
3. ITP Reducido para Personas con Discapacidad
Las personas con discapacidad física, sensorial o psíquica tienen derecho a un tipo reducido en la compra de su vivienda habitual.
Requisitos
Acreditar una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, o una discapacidad psíquica igual o superior al 33%.
Que sea la vivienda habitual del comprador.
Tipos aplicables
3% para viviendas con un valor de hasta 180.000 €.
4% para viviendas con un valor superior a 180.000 €.
4. ITP para Viviendas de Protección Oficial (VPO)
La compra de una VPO de régimen general que vaya a ser la vivienda habitual del comprador también tiene un tipo reducido.
Tipos aplicables
6% para VPO con un valor de hasta 180.000 €.
8% para VPO con un valor superior a 180.000 €.
Si la VPO es de régimen especial, el tipo se reduce al 3% (o 4% si el valor supera los 180.000 €).
4. Bonificaciones en Zonas en Riesgo de Despoblamiento
Para incentivar la actividad económica en municipios con riesgo de despoblamiento, se aplican beneficios fiscales a empresas y particulares que adquieran inmuebles para rehabilitar y destinar a vivienda o para establecer la sede de su negocio.
¿Cuándo se paga el ITP en Comunidad Valenciana?
El ITP se autoliquida a través del modelo 600 de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV).
Plazo: El plazo para presentar y pagar el impuesto es de 30 días hábiles desde la fecha de la firma de la escritura de compraventa.
Documentación: Generalmente, se necesita el DNI del comprador y una copia de la escritura pública.
El pago se puede realizar de forma telemática en la web de la ATV o presencialmente en entidades bancarias colaboradoras.
¿Cómo se paga el ITP en la Comunidad Valenciana?
Para pagar el ITP en la Comunidad Valenciana en el caso de la compra de vivienda, debes seguir los siguientes pasos:
Autoliquidación del Impuesto
Debes completar el modelo 600, que es el formulario de autoliquidación del ITP.
Este modelo se puede obtener y rellenar de manera electrónica a través de la página web de la Agencia Tributaria Valenciana.
Cálculo del Impuesto
Para saber el importe a pagar hay que calcular el ITP de la Comunidad Valenciana aplicando el tipo impositivo correspondiente al valor real del inmueble. Es importante asegurarse de que el cálculo sea correcto para evitar errores o sanciones.
Presentación del Modelo y Documentación
Deberás presentar el modelo 600 junto con la documentación necesaria, que incluye la escritura de compraventa de la vivienda.
La presentación puede realizarse de forma electrónica o, en algunos casos, de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria Valenciana.
Pago del Impuesto
El pago se puede realizar en línea, a través de la plataforma de la Agencia Tributaria Valenciana, o en una entidad bancaria colaboradora.
Si eliges el pago presencial, debes llevar el modelo 600 y la documentación a la entidad bancaria, donde realizarás el pago.
Es posible fraccionar el pago del ITP en la Comunidad Valenciana por un máximo de tres anualidades y siempre que se cumplan los requisitos necesarios.
Confirmación y Registro
Una vez realizado el pago, recibirás una confirmación que debes conservar como comprobante.
Posteriormente, podrás proceder con los trámites de inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.

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