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Aval ICO o IVF: cuál encaja contigo

Comparamos edad, residencia, precio máximo y solicitud del ICO y del IVF. Tres ejemplos para orientar la financiación de tu primera vivienda.

3 min de lecturaPor Equipo editorial de ACFINAN

El ICO y el IVF son dos programas de garantía que pueden facilitar la financiación de una primera vivienda, pero no comparten todos los requisitos. En la Comunitat Valenciana, la edad, el precio y el tiempo de residencia ayudan a identificar cuál merece la pena estudiar.

El ICO es una línea estatal. El Institut Valencià de Finances gestiona el programa de la Generalitat Valenciana, aplicable a las tres provincias de la comunidad.

Las diferencias que cambian la primera selección

Comparación de las dos vías

Edad en la vía general
Aval ICO: Hasta 35 años al formalizar la hipoteca
Aval IVF: Hasta 45 años incluidos al solicitar la garantía
Familias con menores
Aval ICO: Pueden acceder sin límite de edad
Aval IVF: Se aplica el régimen de la convocatoria IVF
Precio máximo de compra
Aval ICO: 250.000 € en la Comunitat Valenciana
Aval IVF: 311.000 €, incluyendo anexos
Residencia previa
Aval ICO: Dos años continuados de residencia legal en España
Aval IVF: Dos años continuados en la Comunitat Valenciana
Primer trámite
Aval ICO: Estudio con una entidad adherida al ICO
Aval IVF: Propuesta de una entidad colaboradora y solicitud de garantía al IVF

La tabla identifica diferencias de acceso. Para decidir entre ofertas que encajen, después habrá que comparar cuota, plazo e intereses de la hipoteca bancaria.

Tres ejemplos para orientar la compra

Una persona de 39 años sin menores a cargo

Por edad, no encaja en la vía joven del ICO. El IVF puede ser la primera opción pública que estudiar si cumple las demás condiciones. Cumplir cuarenta no significa, por sí solo, quedarse fuera de los avales para primera vivienda.

Una pareja de 31 y 33 años con una vivienda de 275.000 €

El precio supera el máximo del ICO para la Comunitat Valenciana y queda por debajo del techo publicado para el IVF. En este caso, el inmueble marca una diferencia antes de comparar tipos de interés.

Una familia con menores y compradores de más de 45 años

El ICO contempla una vía para familias con menores sin límite de edad. La edad deja de ser el primer filtro y pasan a importar los ingresos, el patrimonio y el precio de compra.

Estos ejemplos ilustran qué pregunta resolver primero. No son expedientes aprobados ni incluyen una estimación de cuota.

Los ingresos no se leen igual que el precio

El ICO aplica límites de ingresos por provincia. En Alicante y Valencia el umbral individual es de 5,5 veces el IPREM; en Castellón, de 4,5 veces, antes de los ajustes familiares previstos.

El máximo de 250.000 € es un límite del precio de compra para toda la comunidad. No cambia a 311.000 € por superar el requisito de ingresos: esa última cifra corresponde al programa IVF.

En el IVF, revisa la propuesta bancaria y los requisitos de su convocatoria, sin trasladar por analogía los límites del ICO.

Qué necesitas para escoger entre propuestas

Si tu perfil y vivienda encajan en las dos vías, compara ofertas sobre el mismo capital y plazo. Una garantía pública no establece por sí sola un interés más bajo.

Pregunta qué programa utiliza cada propuesta y qué aporta a tu presupuesto. Añade la partida de impuestos y gastos para comparar el dinero que necesitarás al comprar.

La elección se vuelve más clara cuando cada vía queda asociada a una propuesta concreta: vivienda identificada, capital bancario, ahorro necesario y calendario de tramitación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el IVF si he vivido dos años en otra comunidad?

El IVF exige residencia continuada en la Comunitat Valenciana durante los dos años anteriores a la solicitud. El ICO exige residencia legal continuada en España, por lo que trasladarse de otra comunidad plantea una diferencia relevante entre ambas vías.

¿Qué pasa con la edad si vivía en un municipio afectado por la DANA?

La convocatoria del IVF contempla una excepción al límite de edad si uno de los adquirentes residía, en el momento de la catástrofe, en un municipio afectado por la DANA del 29 de octubre de 2024. Debe acreditarse ese supuesto.

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